Para empezar a trabajar como autónomo en España tienes que darte de alta en Hacienda y en la Seguridad Social (RETA). Además, debes elegir cómo vas a tributar y asumir tus obligaciones de facturación e impuestos periódicos.
Antes de tramitar el alta es adecuado que tengas claro qué actividad vas a realizar y en qué lugar (online, local físico, domicilio, etc.). En los 60 días previos y hasta el mismo día de empezar debes darte de alta como autónomo en el RETA. En este régimen deberás elegir entre otras cosas la base de cotización según tus ingresos previstos, tal y como establece el nuevo sistema por tramos.
Al iniciarte en el trabajo por cuenta propia puedes beneficiarte de ciertas bonificaciones, entre ellas acogerte a la llamada «tarifa plana». Esta supone una cuota reducida de 80 euros mensuales durante los 12 primeros meses, que pueden ampliarse a 24 si tus rendimientos netos se mantienen por debajo del SMI.
Ahora bien, también es fácil incurrir en errores de novato que terminen costándote dinero o sanciones.
Evita estos errores si eres nuevo autónomo
Uno de los fallos más habituales consiste en invertir en material o contratar servicios sin haber completado el alta en la administración.
Comprar un ordenador, contratar una página web o adquirir mobiliario antes de presentar el modelo 036 (el documento fiscal obligatorio para iniciar actividad) puede impedir que esos gastos sean deducibles, lo que anula una ventaja fiscal clave al iniciar el negocio.
También ocurre con frecuencia que el alta en Hacienda se realiza antes que la inscripción en la Seguridad Social —no al revés—. La normativa exige que el alta en el régimen de autónomos (RETA) se gestione antes del inicio de la actividad. Retrasar esta inscripción puede acarrear recargos sobre cuotas atrasadas y la pérdida de ayudas.
Quienes empiezan su actividad y olvidan activar la opción de «tarifa plana» o no gestionan ayudas específicas, renuncian a una reducción considerable de cotización en sus primeros meses como autónomos. En algunos casos, incluso puede existir cuota cero si se cumplen ciertos requisitos autonómicos.
Otro error habitual es no indicar correctamente el lugar de actividad cuando el empresario trabaja desde su vivienda. Declarar el domicilio fiscal y de actividad puede permitir deducir parte de gastos como alquiler, suministros, comunidad o IBI. Si no lo haces, esos gastos pueden quedar fuera de la deducción.
La elección del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) también puede jugar una mala pasada: seleccionar uno que no corresponda al tipo real de actividad puede generar discrepancias con la administración, incluso si la facturación no supera cierto umbral.
Otros trámites a los que estar atento
En la gestión del negocio, confundir finanzas personales con las profesionales sigue siendo una causa frecuente de problemas. Usar la misma cuenta bancaria para gastos personales y de la actividad, o no llevar un registro claro de ingresos y gastos, puede complicar la contabilidad y derivar en sanciones o en la pérdida de deducciones.
Además, no conservar las facturas y justificantes —o hacerlo de forma desorganizada— es un error grave: la administración puede pedir cuentas de los últimos años, y si no puedes presentar los documentos necesarios, esos gastos podrían quedar anulados, con la responsabilidad de asumir el coste.
Tampoco hay que subestimar la dificultad que puede implicar afrontar todo este papeleo por cuenta propia, avisan desde Infoautónomos. Las obligaciones fiscales, la elección de la base de cotización, la presentación de impuestos, la deducción de gastos, los requisitos del IVA, el IRPF o los módulos, y la normativa cambiante, hacen que resulte recomendable contar con asesoramiento profesional. Un error en cualquiera de estos pasos puede salir caro —ya sea por recargos, sanciones o por no aprovechar ayudas disponibles.
